jueves 10 de octubre de 2024 - Edición Nº4519

POLÍTICA | 3 nov 2023

ASUMIRÁ EL 10 DE DICIEMBRE

La Justicia confirmó el triunfo de Julio Alak como intendente de La Plata

Luego de deliberar durante algunas horas, el juez federal con competencia electoral de La Plata, Alejo Ramos Padilla; el presidente de la Suprema Corte provincial, Sergio Torres, y el titular de la Cámara Federal de Apelaciones, Roberto Lemos Arias, resolvieron dar por terminada la contienda y ratificaron el resultado del escrutinio definitivo.


La Plata, 03 Nov (Por InfoGEI).- Luego de la apertura de 79 urnas solicitada por Juntos por el Cambio, la Cámara Nacional Electoral (CNE) ratificó el resultado del escrutinio definitivo que da un triunfo por 606 votos de Julio Alak como intendente de La Plata.

Con esta resolución, Julio Alak queda formalmente declarado como intendente electo de La Plata, cargo que asumirá el 10 de diciembre. El actual ministro de Justicia bonaerense ya había ocupado ese cargo entre 1991 y 2007.  Mientras tanto, Julio Garro sigue sin reconocer la derrota.

Luego de deliberar durante algunas horas, el juez federal con competencia electoral de La Plata, Alejo Ramos Padilla; el presidente de la Suprema Corte provincial, Sergio Torres, y el titular de la Cámara Federal de Apelaciones, Roberto Lemos Arias, resolvieron dar por terminada la contienda y ratificaron el resultado del escrutinio definitivo.

En el fallo, también se refieren a las dos urnas que fueron abiertas y no tenían las boletas en su interior. Los magistrados señalaron que los votos se contabilizan porque el acta oficial coincide con las presentadas por los fiscales de todas las fuerzas y para establecer este criterio recuerda que esta misma postura sostenía el propio Julio Garro como apoderado de JxC en 2009.

Sobre el pedido de JxC abrir todas las urnas, los jueces advirtieron que el planteo está fuera de plazo (venció martes a las 18 horas) y que el mismo “desnaturaliza completamente el procedimiento electoral y pone en tela de juicio la transparencia de los procesos electorales”.

“Efectuada la apertura de la totalidad de las mesas requeridas, la diferencia inicial entre una y otra agrupación no se revierte”, alega el fallo y agrega “así como se ha detectado algún error de transcripción que los favorece, en otros ha resultado a la inversa”.

Además, la sentencia cita textualmente declaraciones de Julio Garro sobre el buen funcionamiento de la CNE y en las que aseguraba que el pedido de apertura de estas 79 urnas “había sido analizado con el mayor grado de profundidad posible y con mucha seriedad y que no estaba haciendo búsqueda a ojos cerrados tratando de tener una mera pesca electoral”. (InfoGEI) Mg

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