POLICIALES/JUDICIALES | 19 nov 2020
REPRESIÓN EN CÁRCELES BONAERENSES
La Comisión Provincial por la Memoria pidió que se investiguen múltiples torturas penitenciarias
La CPM elaboró un informe que se presentó a las autoridades provinciales, sobre la brutal represión del SPB durante las protestas del 31 de octubre y 1º de noviembre y los días posteriores. Se estima que más de 1.500 personas sufrieron diferentes tipos de torturas.
La Plata, 19 Nov (InfoGEI).- En su carácter de Mecanismo Local de Prevención de la Tortura, la Comisión Provincial por la Memoria (CPM) elaboró un informe que se presentó a las autoridades provinciales, sobre la brutal represión del Servicio Penitenciario Bonaerense durante las protestas del 31 de octubre y 1º de noviembre y los días posteriores. Durante esos días, la CPM presentó 1.580 habeas corpus individuales y 21 acciones de carácter colectivo y decenas de denuncias penales para que se investiguen y sancionen las torturas perpetradas durante la protestas y también los días posteriores. Se estima que más de 1.500 personas sufrieron diferentes tipos de torturas.
Desde el primer momento, la CPM advirtió sobre el rol del SPB en el conflicto: tras haber anunciado el reinicio de las visitas luego de 8 meses de ASPO, un día antes, cuando todo estaba preparado para que así sucediera, notificó que las mismas habían sido suspendidas. Esa decisión inició las protestas que luego fueron alentadas y/o permitidas por funcionarios penitenciarios que habilitaron a los detenidos a subir a los techos o implementaron medidas que lo facilitaron, como por ejemplo colocar y sostener una escalera. Los testimonios de las personas detenidas y los registros fílmicos no dejan margen para la duda.
Los problemas originados y/o propiciados por el SPB fueron resueltos utilizando la fuerza, mediante una brutal represión que no respetó ninguna normativa o protocolo. Se dispararon miles de balas de goma, muchas de ellas a quemarropa y sin respetar la distancia mínima de 10 metros o la obligación de disparar de la cintura hacia abajo. Durante la represión, agentes penitenciarios también quemaron y destruyeron las aulas universitarias en las unidades 31 y 48, y luego ordenaron cientos de traslados arbitrarios, gravosos y sin orden judicial.
La mayoría de las torturas y/o malos tratos denunciados se produjeron cuando la protesta ya había sido controlada. Y en los días posteriores continuaron las represalias: aislamiento extremo en celdas hacinadas sin acceso a ducha o actividad alguna, falta de provisión de comida o entrega de comida en mal estado, golpizas y traslados compulsivos y arbitrarios.
Los reclamos se explican también en la responsabilidad del poder judicial, que restringe y niega el acceso a derechos, resolviendo que las personas se vayan con la pena cumplida y sin acceder a ningún instituto legal del régimen de progresividad de la pena. Los jueces no cumplen con los pactos internacionales de derechos humanos de jerarquía constitucional ni con los principios procesales aplicables.
La indolencia del poder judicial se hizo evidente también durante esos dos días de protesta; a pesar de la gravedad y la magnitud de las violaciones a los derechos humanos ocurridas, apenas algunos jueces se constituyeron en los lugares de detención e intervinieron para tratar de detener estas violencias. Muy pocos jueces de ejecución intervinieron de oficio.
Los jueces deben resolver los pedidos de morigeraciones, libertades y excarcelaciones considerando las graves violaciones de derechos humanos que padecen las personas detenidas en el encierro: torturas sistemáticas, condiciones inhumanas de detención, sobrepoblación del 101 % y situaciones de hacinamiento extremo. Estas condiciones provocan que las penas sean ilícitas al no respetar la exigencia legal y constitucional de cumplirse en “cárceles sanas y limpias”. Los jueces deben adoptar los mecanismos de la compensación de penas al momento de resolver las morigeraciones.
Lo más grave de los hechos del 31 de octubre y el 1º de noviembre es que las condiciones que motivaron la protesta continúan: las demoras en resolver pedidos y la negativa recurrente a liberar personas, que por ley deben acceder a morigeraciones o libertades, deben revertirse. Descomprimir el sistema carcelario es una responsabilidad primaria del poder judicial. También el poder ejecutivo tiene herramientas legales para actuar y descomprimir el hacinamiento y sobrepoblación en lugares de encierro.
“Las inspecciones realizadas durante los acontecimientos y las denuncias recibidas, nos permiten estimar que más de 1.500 personas padecieron las torturas, represión o traslados compulsivos de parte del Servicio Penitenciario Bonaerense, sin que el poder judicial realizara acciones dirigidas a detener estas violaciones de derechos humanos”, menciona la CPM en el informe.
Si bien se trata de un subregistro, por la comunicación con las víctimas o por hechos informados por la justicia, la CPM pudo constatar con precisión 426 lesiones sufridas por 338 personas durante la represión penitenciaria. El 70% sufrió lesiones por impactos de balas de goma, el 19% por golpes de puño o patadas, y un 9% por el uso de elementos contundentes o cortantes. Muchos relatos dan cuenta del uso de estos elementos -denominados "facas"- por parte de funcionarios penitenciarios para encubrir sus agresiones y hacerlas pasar por lesiones producidas por peleas entre presos.
Según el registro de las heridas: 113 de las 338, es decir más del 30% de las personas heridas, padeció lesiones en el rostro y la cabeza. Y de ellas, la mayoría fueron lesiones producidas por el impacto de balas de goma aun cuando, como ya se dijo, los protocolos de actuación prohíben expresamente disparar a la cabeza o zonas vitales del cuerpo.
Los balazos a la altura de la cabeza tuvieron como consecuencia severas mutilaciones, destacándose la posible pérdida permanente de la visión en un ojo en 17 personas y de ambos ojos en 1 persona. En la Unidad 48 un detenido perdió parte de una oreja por la misma causa.
Este cuadro de torturas se completa con casos de detenidos privados de ropa que fueron encerrados completamente desnudos, golpes con palos aplicados en plantas de los pies y rociamiento de agua fría.
Luego de ocurridos los hechos, las represalias incluyeron traslados gravosos en los que sacaban a las personas “capeadas”, es decir sin aviso previo, sin sus pertenencias, durante la noche y en muchos casos desnudas o descalzas. Muchos de estos casos, sin que se cumpliera con la autorización previa del juez. Entre el 30 de octubre y el 5 de noviembre, se produjeron más de 700 traslados.
Estos traslados imprimieron, además, un castigo adicional: por la demora en la entrega de esta información por parte del servicio penitenciario, decenas de familiares estuvieron días sin saber dónde estaban sus seres queridos, generando más padecimiento y angustia.
Las cientos de personas heridas tampoco fueron atendidas de manera adecuada. Los cuadros más graves se derivaron a hospitales públicos y a los restantes prácticamente no se les dio respuesta, las personas detenidas debieron curarse con agua y jabón o azúcar en el mejor de los casos. La prueba de la decisión penitenciaria de no brindar asistencia médica se constató en la unidad 48 que no contaba con sanidad para atender las personas; por solicitud del Ministerio de Justicia, se instaló durante un día un hospital público móvil del Ministerio de Salud provincial para asistir a los heridos y enfermos, pero el SPB decidió no llevar a nadie.
Este informe fue presentado al Ministro de Justicia y Derechos Humanos de Buenos Aires Julio Alak, a la Suprema Corte provincial y al Procurador General, reclamando reformas urgentes para revertir las políticas criminales y de seguridad en la provincia. “El dialogo debe ser el camino para la resolución de los conflictos y en esto reconocemos las iniciativas tendientes a esto de parte del ministerio que dirige. Sin embargo, este no fue el camino seguido por el SPB. El dialogo debe ser acompañado con las reformas estructurales que ya no pueden esperar”, señalaron las presentaciones. (InfoGEI) Mg